Palestra / San Luis Potosí
La Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, recibió en sus oficinas centrales, un escrito de queja en el que se denunciaba a la Comisión Estatal del Agua (CEA) y al Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicio Conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez (INTERAPAS), debido a que una obra de drenaje se encontraba colapsada, ocasionando que aguas residuales contaminaran el colector pluvial denominado “Eje 136”.
Dicho hecho colocaba en situación de riesgo sanitario a los habitantes de la localidad Noria de San José, ubicada en el municipio de San Luis Potosí, aunado a la apremiante contaminación del medio ambiente que se registraba; asimismo la víctima también denunció que varios medios de comunicación locales ya habían advertido sobre la contaminación del agua en mencionado lugar.
Posterior a recibir la queja, la CEDH se dispuso a realizar la investigación correspondiente y solicitó al entonces Director General de la CEA, el informe y la implementación de medidas precautorias, tendientes a garantizar el acceso a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en favor de los habitantes del sitio.
Después de llevar a cabo las observaciones correspondientes este Organismo Autónomo advierte que no sólo afecta a habitantes de La Noria de San José, sino que la circunstancia es aún más grave ya que se trata de un problema colectivo y regional, toda vez que el agua del colector pluvial desemboca en un cuerpo de agua ubicado en la zona norte de la Ciudad posterior a la carretera 57, agua que a consecuencia del colapso del drenaje se contamina.
De las constancias que integraron el expediente de queja, se advierte que el Ayuntamiento de San Luis Potosí y el INTERAPAS, han sido omisos en el mantenimiento del drenaje lo que derivó en el colapso del mismo provocando las afectaciones antes enunciadas, por lo que la CEDH emite la Recomendación 3/2024 a la Presidencia Municipal de San Luis Potosí bajo los siguientes puntos recomendatorios:
1.- . Como Garantía de Resarcimiento del Daño se realicen acciones inmediatas para la reparación del colapso de drenaje ubicado en la intersección de la Avenida Comisión Federal de Electricidad con Avenida Eje 136 dentro del colector pluvial denominado “Eje 136” en la Localidad de la Noria de San José, municipio de San Luis Potosí.
2.- Se inscriba a las personas víctimas en el Registro Estatal de Víctimas a efecto de que, tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas.
3.- Como Garantía de No Repetición instruya a quien corresponda a efecto de que se realice una calendarización para inspecciones y monitoreo de manera permanente de la red de drenaje y evitar en lo subsecuente daños al medio ambiente y garantizar el derecho a los servicios públicos como lo es el drenaje.
4.- Como Garantía de Reparación del Daño instruya a la Dirección de Gestión Ecológica y Manejo de Residuos de ese H. Ayuntamiento realice un estudio del impacto ambiental que ha ocasionado el colapso de drenaje.
5.- Instruya a quien corresponda a efecto de que se de vista al Órgano Interno de Control a fin de que, en ejercicio de sus facultades, se inicie, integre y resuelva la investigación de los hechos, y en su caso, se determine la responsabilidad administrativa de las autoridades responsables.
Garantizar el derecho al agua, a la salud y al medio ambiente es un trabajo que se lleva a cabo en conjunto entre autoridades y ciudadanía, por lo que la CEDH reitera su compromiso en la difusión, divulgación del derecho y cuidado del agua, con el fin de que las y los potosinos gocemos de manera responsable de este recurso vital.