Palestra / San Luis Potosí
El Pleno del Congreso del Estado eligió por unanimidad, a la Licenciada María Manuela García Cázares, como Fiscal General del Estado de San Luis Potosí, periodo 23 de mayo del 2024 al 22 de mayo del 2031.
En la votación de la terna propuesta por el Ejecutivo del Estado para ocupar este cargo, la Licenciada María Manuela García Cázares obtuvo 26 votos a favor; y los Licenciados Ranulfo Rodrigo Cano Vargas, y Luis Ricardo Molina Corpus obtuvieron cero votos.
Con la presencia del Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona y del Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Arturo Morales Silva, la Licenciada María Manuela García Cázares rindió protesta de ley, en Sesión Solemne.
La licenciada Manuela García Cázares ha fungido como Juez de Primera Instancia, Procuradora General de Justicia, magistrada numeraria y presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.
En el dictamen respectivo, se indica que luego de declarase la vacante en el cargo tras la renuncia del Maestro José Luis Ruíz Contreras, como Fiscal General del Estado, el Ejecutivo del Estado envió la terna respectiva, por lo cual el Congreso del Estado dio inicio el proceso de elección previsto en el artículo 122 BIS, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con el objeto de elegir a la persona que ocupará el cargo de Fiscal General del Estado, por siete años y sin posibilidad de reelección, tal y como lo establece el párrafo tercero del ya citado precepto constitucional.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Gobernación señaló que los tres perfiles que se presentaron para ocupar el cargo, son profesionistas de experiencia y cumplen con los requisitos que marca la norma, al mostrar capacidad y honorabilidad.
Destacó que el objetivo de este nombramiento es brindar estabilidad y certidumbre a la Fiscalía General del Estado como una representación social de procuración de justicia, y destacó que en el aspecto de la temporalidad, al tratarse de una norma ambigua.
“Lo que nos corresponde a nosotros como legisladores y dentro de las comisiones de análisis legislativo, es interpretarla de acuerdo a nuestro artículo primero constitucional, a la Constitución de la República que establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con todos los Tratados Internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas, la protección más amplia y nuestra obligación como legisladores es generar un entorno de gobernabilidad y de justicia”.
Por ello, se señala en el dictamen que la persona que este Congreso debe nombrar para ocupar el cargo de Fiscal General del Estado, deberá cumplir con la encomienda de implementar políticas y estrategias que permitan coadyuvar con las diferentes instituciones competentes para garantizar la seguridad pública, lo que se traduce en que la función del electo deba dirigirse a salvaguardar la vida, la integridad, las libertades, y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.