Mié. Nov 27th, 2024

Palestra / San Luis Potosí

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad, las modificaciones a diversos artículos de los Códigos Penal y al Código Familiar del Estado de San Luis Potosí, en relación a la violencia vicaria.

La diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, presidenta de la Comisión de Justicia, informó que “una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resolvió el tema de la Ley Vicaria, nosotros también ya pudimos aprobar la iniciativa que se tenía pendiente para poder tipificar este tema”.

Se establece en el Código Familiar del Estado el concepto de violencia vicaria, entendida como las acciones de violencia ejercida sobre las hijas o hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, o se mantenga o hayan mantenido una relación de hecho, pudiendo consistir la violencia en cualquiera de las modalidades que reconoce la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, incluyendo la sustracción ilegal de los hijos o hijas del hogar de la madre, y cualquiera otra dirigida a dañar a la mujer a través del daño a sus hijos o hijas.

Y en el Código Penal del Estado, se integra en el delito de violencia vicaria en el apartado de violencia familiar, entendida como violencia vicaria, quien teniendo o habiendo sostenido con una mujer, una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o una relación de hecho, utilice como medio a las hijas o los hijos, o cualquier otra persona con la que tenga lazos familiares la víctima, ejerciendo violencia directa sobre ellos, con el objetivo de causarle daño a la mujer.

Se indica que cuando se cometa violencia vicaria, las penas prevista en el delito de violencia familiar se aumentarán hasta en una tercera parte, y se incrementará hasta en una cuarta parte si se incurre en daño físico a las hijas e hijos, o cualquier otra persona con la que tenga lazos familiares la víctima, sin perjuicio de las sanciones descritas en este Código en el caso de concurso de delitos.

El Código Penal establece para el delito de violencia familiar, pena de uno a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de ciento veinte a setecientos días de la unidad de medida y actualización; asimismo, el culpable perderá el derecho de pensión alimenticia y se le condenará a participar en servicios reeducativos integrales, especializados, y gratuitos; así como a tratamiento psicológico especializado. En ningún caso los servicios reeducativos, o el tratamiento psicológico excederán del tiempo impuesto en la pena de prisión.

Se indica que San Luis Potosí, aprobó las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, en la cual se reconoce la violencia vicaria, estableciendo la obligación del Estado para proteger a las víctimas de este delito, situación que en su momento fue impugnada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual validó dichas reformas quedando firmes.

Por ello, en ese sentido, resulta fundamental que la totalidad de la legislación del Estado, se encuentre acorde a las diversas reformas que se han realizado en materia de violencia vicaría, tanto a nivel federal como estatal, ya que solo así se podrá garantizar la efectividad de los procedimientos que resulten aplicables a cada caso en específico, por ello es que se reforma el Código Familiar para el Estado, así como al Código Penal Estatal.

“Es una deuda con las mujeres, colectivos de mujeres estaban esperando a que ya se diera, que se resolviera aquí en el Congreso del Estado, y lo estamos haciendo, ya nada más esperando que antes de que termine esta Legislatura, se pueda aprobar en el Pleno”, señaló la legisladora Cinthia Segovia.

Aprobaron esta iniciativa los legisladores Cinthia Verónica Segovia Colunga, Edmundo Azael Torrescano Medina, Cecilia Senllace Ochoa Limón, Martha Patricia Aradillas Aradillas y Rubén Guajardo Barrera. El dictamen pasará al Pleno para su votación.