Sáb. Sep 28th, 2024

Palestra / San Luis Potosí

En Sesión Ordinaria, las y los integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobaron el Decreto que expide la Ley de Ingresos para el Municipio de Villa de Pozos, para el periodo comprendido del 1 de octubre al 31 diciembre del ejercicio fiscal 2024.

En esta ley de ingresos, se señala que el Municipio de Villa de Pozos, recibirá contribuciones, consistentes en impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, así como sus accesorios; productos y rendimientos de su propio patrimonio; aprovechamientos y sus accesorios; transferencias de recursos por parte del Estado y la Federación; participaciones provenientes del Estado y la Federación; ingresos derivados de financiamiento, y bienes y derechos que formen su patrimonio, para un total de 85 millones 630 mil 529.93 pesos.

Se indica que de acuerdo al Decreto 1074 por el que se erige en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el Municipio Libre de Villa de Pozos, en su artículo transitorio Décimo Quinto, establece que el Congreso del Estado expedirá a más tardar el último día del mes de septiembre de 2024, la Ley de Ingresos del nuevo Municipio de Villa de Pozos para el periodo comprendido de entre el uno de octubre al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal 2024, tomando como iniciativa de ley, la Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2024.

Por ello, la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal de la LXIII Legislatura realizó diversas reuniones con la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado; el Ayuntamiento de la Capital de San Luis Potosí y las autoridades designadas del Ayuntamiento de Villa de Pozos.

Se indica que de manera supletoria se establecerá en la Ley de Ingresos, los cobros que estén relacionadas con disposiciones reglamentarias del Municipio de San Luis Potosí de conformidad a lo que mandata el artículo transitorio del Decreto Legislativo 1074 por el que se erige en el Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el Municipio Libre de Villa de Pozos.

En lo relacionado al servicio de agua potable, se señala que lo relativo a los cobros por los conceptos de derechos por el suministro de agua potable, alcantarillado y saneamiento no se establecieron en la presente Ley de Ingresos en virtud de que los ingresos por tales conceptos son establecidos en la leyes de cuotas y tarifas correspondiente.

Por ello, seguirá teniendo aplicación la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento y Disposición Final de Aguas Residuales del Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez (INTERAPAS), para el Ejercicio Fiscal 2024, hasta en tanto se emita ley diversa, ello de conformidad con lo establecido en el artículo transitorio Décimo Tercero del Decreto 1074.

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