Lun. Abr 7th, 2025

Palestra / Ciudad de México

El Instituto Nacional Electoral (INE) realizará, este lunes 7 de abril de 2025, a través de las 300 Juntas Distritales Ejecutivas, la Segunda Insaculación para designar los cargos de las Mesas Directivas de Casilla Seccionales (MDCS) para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) y el Proceso Electoral Local (PEL) 2024-2025.

Se seleccionarán en orden alfabético a las y los ciudadanos que integrarán las MDCS, de acuerdo con la escolaridad manifestada y que cumplen los requisitos legales, a partir de la letra “J”, seleccionada mediante sorteo el pasado 5 de febrero en sesión del Consejo General del INE.

Primero se elegirán a los presidentes; luego a los primeros secretarios, los segundos secretarios; acto seguido a los primeros escrutadores, los segundos escrutadores y, finalmente, a los suplentes generales, para cada Casilla Seccional aprobados por los Consejos Distritales en cada sección electoral.

El 8 de abril se procederá a imprimir los nombramientos, documento oficial que faculta a las personas para constituirse en autoridad electoral, para entregar las boletas electorales y recibir los votos de la ciudadanía el día de la Jornada Electoral, que incluye la protesta de ley, con lo cual se formaliza el cargo a desempeñar.

A partir del 9 de abril y hasta el 31 de mayo, los Capacitadores Asistentes Electorales (CAE) visitarán nuevamente a la ciudadanía para entregarles el nombramiento, convocarlos a los cursos de capacitación, así como invitarlos a los simulacros de la Jornada Electoral para que conozcan los materiales, formatos y boletas a utilizar el 1 de junio próximo.

En esta etapa se busca garantizar que las y los funcionarios de las MDCS adquieran los conocimientos prácticos y teóricos necesarios para desempeñar adecuadamente sus funciones el día de la Jornada Electoral.

INVITA A SER OBSERVADORES

El INE reitera la invitación a la ciudadanía interesada en participar como observadora u observador del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, a fin de que presente su solicitud a través del portal electrónico https://pjf2025-observadores.ine.mx/, antes del 7 de mayo de 2025.

El Instituto informa que, hasta el pasado 28 de marzo, había recibido 88 mil 141 solicitudes, de las cuales, 10 mil 40 han sido aprobadas y 495 declinadas. Las entidades con mayor número de solicitudes aprobadas son: Ciudad de México (mil 339); Estado de México (mil 295); Tamaulipas (703); Puebla (667); Nuevo León (530) y Chihuahua (528).

Del total de solicitudes recibidas, 88 mil 26 han sido individuales y 115 de integrantes de alguna organización. En cuanto al sexo de las personas, 53 mil 493 son mujeres (60.69 %), 34 mil 636 son hombres (39.30 %) y 12 solicitudes son de personas no binarias (0.01 %).

En cuanto a los cursos impartidos para ser persona observadora electoral, 75 mil 539 han sido en modalidad virtual (86.25 %) y 12 mil 45 presencial (13.75 %).

Los rangos de edad con mayor número de solicitudes son los de 21 a 25 años, con 11 mil una; 31 a 35, con 10 mil 469; 26 a 30, con 10 mil 193 y 36 a 40, con 10 mil 48. En todos los rangos es mayor el número de mujeres que de hombres.

Cabe recordar que las y los observadores electorales son personas facultadas por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), interesadas en conocer los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como la Jornada Electoral del 1 de junio de 2025.

Entre los requisitos legales para ser persona observadora electoral, se encuentran: ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o partido político alguno, en los tres años anteriores a la elección, así como no ser, ni haber sido candidata o candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.

Asimismo, no ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el gobierno municipal, estatal o federal, ni ser operadora de programas sociales y actividades institucionales, cualquiera que sea su denominación, ni ser persona servidora de la nación, así como no ser representante o militante de algún partido político.

Los requisitos administrativos son: presentar solicitud de acreditación, misma que incluye la manifestación de cumplir con los requisitos legales; dos fotografías tamaño infantil y copia de la Credencial para Votar vigente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *