Jue. Jun 5th, 2025

Palestra / San Luis Potosí

Gracias a una nota periodística publicada en un medio de comunicación potosino, que denunciaba un presunto abuso sexual a 9 infantes en una institución educativa de la capital, la Comisión Estatal de Derechos Humanos, inició de oficio el expediente de queja, la nota indicaba que un grupo de padres y madres de familia comenzaron a notar comportamientos inusuales y conductas de naturaleza psicosexual inapropiada para la edad de los niños y niñas, al cuestionarlos, descubrieron que un sujeto del plantel educativo había estado abusando sexualmente de las y los infantes.

Por lo anterior, la CEDH solicitó inmediatamente la aplicación de medidas precautorias con la finalidad de que se realizaran acciones para la eficaz y oportuna protección del interés superior de las y los estudiantes, con el objeto de evitar actos de imposible reparación, las medidas fueron debidamente aceptadas por parte del Jefe del Departamento de Prevención y Atención al Educando.

Posteriormente, y una vez localizadas, madres de las víctimas indicaron en su comparecencia ante este organismo autónomo que sus hijas e hijos señalaron que el asistente educativo les había realizado tocamientos indebidos en sus cuerpos, hecho que de inmediato lo dieron a conocer a las autoridades educativas y fiscales.

Durante la investigación realizada, la CEDH advirtió que se efectuaron y omitieron hechos administrativos contrarios a la colaboración con las autoridades para la efectiva investigación y sanción.

Por lo anterior la CEDH emite la Recomendación 2/2025 dirigida a la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, bajos los siguientes puntos recomendatorios:

  1. Con la finalidad de que sea reparado de manera integral el daño ocasionado, se realicen las acciones efectivas conforme a los términos de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.
  2. Como Garantía de No Repetición, se realicen acciones de capacitación sobre el correcto ejercicio del servicio público y el respeto a los derechos humanos.
  3. Se colabore ampliamente en la integración de las carpetas de investigación.
  4. Se giren instrucciones precisas a fin de que se colabore de manera efectiva ante el Órgano Interno de Control para que se determine la responsabilidad administrativa en la que pudieron incurrir las y los servidores públicos señalados como responsables.
  5. Se designe a una persona servidora pública que fungirá como enlace con esta Comisión Estatal de Derechos Humanos, para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.

La CEDH pone a disposición de la comunidad escolar del Estado; talleres, platicas y capacitaciones para erradicar y prevenir actos que afectan a nuestras infancias potosinas.

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