Mar. Nov 26th, 2024

Palestra / San Luis Potosí

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda del Estado aprobaron por unanimidad el dictamen sobre la iniciativa de reforma al  Capítulo VI “Impuestos Ecológicos” de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, producto de las inquietudes y propuestas del sector empresarial potosino.

En la sesión de trabajo de la comisión, estuvieron presentes los secretarios de Finanzas y de Ecología y Gestión Ambiental, con sus respectivos directores, para exponer los pormenores de la iniciativa y los cambios que se introdujeron.

Explicaron que el objetivo es que todos los sectores se involucren en el cuidado del medio ambiente, atacar el efecto invernadero y la emisión de gases de tipo invernadero, para ayudar a generar un control ambiental ante la situación que se está viviendo.

Las y los legisladores asistentes a la reunión, hicieron planteamientos sobre la necesidad de generar incentivos fiscales a las nuevas empresas, de atender los casos de los cañeros en la zona huasteca y de los ladrilleros en la capital del estado.

Los funcionarios explicaron que sí se tienen contemplados incentivos además de que se eliminaron, de la propuesta original, algunas obligaciones como el aviso de inscripción para el empadronamiento y no gravar las emisiones indirectas.

Los funcionarios públicos y los diputados coincidieron en que es muy importante escuchar a los empresarios a quienes va dirigida esta obligación, para seguir perfeccionando esta intención que genera un beneficio para el medio ambiente.

Lo recaudado podrá destinarse al Fondo Ambiental Público, establecido en el artículo 180 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, así como al Fondo para el Cambio Climático, señalado en el artículo 46 de la Ley de Cambio Climático para el Estado de San Luis Potosí, tomando en consideración las necesidades del Estado.

Se elimina la bitácora con los registros de las Cédulas de Operación Mensual por considerarse innecesarios y redundantes, y se ajusta la tabla de los Gases o Compuestos de Efecto Invernadero, de acuerdo con las equivalencias y el potencial de calentamiento global que se debe considerar para el cálculo de las Emisiones, para definir aquellos gases de efecto invernadero distintos al bióxido de carbono.

Se indica que con los ajustes en la presentación de las declaraciones provisionales mensuales del impuesto, se vuelve necesario reformar el artículo transitorio segundo, para modificar la entrada en vigor del impuesto del 10 de junio al 1° de julio del presente año, lo anterior en virtud de que el hecho de realizar la declaración de junio de 2024 sin cubrir el mes completo a declarar generaría dificultades a los sujetos obligados de la Ley.

Los estímulos fiscales como descuentos, la atención a casos de las ladrilleras y los cañeros y otros tipos de acciones contenidas en la reglamentación, se tomaron en cuenta para la aprobación del dictamen que será enviado al Pleno del Congreso del Estado para su votación.