Sáb. May 2nd, 2026

Jonathan García / Palestra

El intento por frenar la llegada de Patricia Aradillas a la presidencia del Concejo Municipal de Villa de Pozos quedó sin ruta legal en el Tribunal Electoral del Estado (TEE) de San Luis Potosí. En sesión pública, las y los magistrados determinaron que el órgano carece de facultades para revisar la designación realizada por el Congreso del Estado, al tratarse de un acto ajeno a la materia electoral.

Los expedientes TESLP/JDC/119/2025, 120/2025 y 121/2025, promovidos por Justino Rodríguez Castro y otros ciudadanos inconformes, fueron acumulados para su análisis. No obstante, la propuesta de resolución, elaborada por la magistrada ponente María Carolina López Rodríguez, concluyó que los actos cuestionados no derivan de un proceso de elección ni involucran atribuciones propias de la organización electoral.

De acuerdo con la magistrada, la jurisprudencia tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como del Tribunal Electoral federal es clara: solamente aquellos actos que nacen del voto popular o guardan una conexión directa con procesos electorales pueden ser revisados por tribunales en la materia. La designación de un concejo municipal, recordó, es una decisión parlamentaria y administrativa, no electoral.

El pleno del tribunal —integrado por las magistradas López Rodríguez y Dennise Porras Guerrero, además del magistrado José Firmán García Badillo— avaló por unanimidad el proyecto. Con ello, quedó firme el desechamiento de las demandas presentadas por Rodríguez Castro y el resto de los promoventes, quienes buscaban revertir la decisión tomada por el Congreso respecto a la titularidad del Concejo de Villa de Pozos.